Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2019-S1
Fecha: 03-Abr-2019
II.3.
II.3. Contra el referido Auto, los ahora accionantes mediante memorial presentado el 22 de marzo de 2017, interpusieron recurso de apelación
(fs. 71 a 73), que fue resuelto por Auto de Vista 001/2018 de 5 de enero, a través del cual el Tribunal ad quem -ahora demandado- confirmó la Resolución emitida por la Jueza de primera instancia sosteniendo a su vez que se debió haber declarado la “impronibilidad” de la demanda en razón a que los demandados carecen de legitimación pasiva al no formar parte del contrato que es el documento en que se sustentó la demanda dentro del proceso monitorio (fs. 82 a 83).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades y personas demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.1.
- III.2. Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- LORGIO SAUCEDO JIMENEZ Y ANA MARIA MENDEZ DE SAUCEDO
- revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales, requiriéndose para ello que
- CONFIRMAR