SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0052/2019-S1

Fecha: 03-Abr-2019

materialización

A este respecto la SCP 0188/2016-S1 de 17 de febrero, señaló “La valoración y ponderación constitucional de derechos, son postulados aplicados por el Tribunal Constitucional, a partir del nuevo modelo de Estado Plural y la promulgación de la Norma Suprema del 2008, que estableció de forma explícita que: la justicia constitucional se ejerce por el Tribunal Constitucional Plurinacional (art. 179.II de la CPE), lo que involucra que éste es el órgano jurisdiccional encargado de precautelar, en última instancia, la supremacía jurídica de la Constitución Política del Estado (art. 410 de la CPE) y, en consecuencia, su materialización efectiva; lo que conlleva la primordial tarea de precautelar el respeto y vigencia de los derechos y las garantías constitucionales.

Así entendida su función, este Tribunal Constitucional Plurinacional a partir de esa ponderación y valoración constitucional de derechos, ha interpretado que la preservación del orden constitucional, se configura como el parámetro y límite de actuación de cualquier forma de poder dentro el Estado y la sociedad; con el principal propósito de respetar los derechos y garantías constitucionales, que deben ir más allá de ser simples postulados pues es un fin materializar el carácter normativo de la Ley Fundamental, y principalmente la tutela y vigencia de los derechos constitucionales; a través de acciones que restituyan inmediatamente cualquier vulneración.