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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2019-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0054/2019-S4

    Fecha: 02-Abr-2019

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    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III.
    • señalando que la legitimación pasiva en la acción de libertad, corresponde al juez, tribunal u órgano que inicialmente ejecutó el acto o asumió la decisión lesiva a los derechos fundamentales de la parte recurrente, así como al juez o tribunal u órgano que tiene competencia para revisar y corregir esa actuación
    • entre las atribuciones del Director General de Régimen Penitenciario en su numeral 13 estableció el solicitar al Juez de Ejecución Penal, el traslado de internos de un Distrito a otro, por razones de seguridad o de hacinamiento
    • la acción de libertad como un medio para la defensa del derecho a la vida, cuando éste estuviere en peligro y, por lo mismo, no cabe una interpretación restrictiva de esta norma limitando su alcance únicamente a los supuestos en que exista vinculación con el derecho a la libertad física o personal
    • es la justicia constitucional la que deberá analizar si realmente se está ante una lesión o peligro directo al derecho a la vida tutelable a través de la acción de libertad, pues su sola enunciación no activa el análisis de fondo de esta acción
    • en cuanto a la primera problemática
    • En cuanto a la segunda problemática,
    • en cuanto a tercera problemática
    • en cuanto al estado de salud del accionante
    • Fragmento 18
    • 2°  Disponer,
    • 3° Mantener

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