Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2019-S2
Fecha: 03-Abr-2019
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante estima lesionados sus derechos al trabajo, a la inviolabilidad del patrimonio de organizaciones empresariales y al debido proceso -en sus vertientes del derecho a la defensa y del principio de presunción de inocencia-, citando al efecto los arts. 46, 47, 115, 116 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Posibilidad de formular desistimiento o retiro de demanda en la acción de amparo constitucional, ante los jueces o tribunales de garantías y ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- es aplicable en la jurisdicción constitucional dentro de los recursos que admiten el desistimiento
- 2)
- 3)
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1º REVOCAR