SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2019-S4

Fecha: 05-Abr-2019

1)

La impetrante de tutela, a través de su abogado, se ratificó en los términos expuestos en su memorial de interposición de la presente acción de defensa, y haciendo uso de su derecho a la réplica, agregó lo siguiente: 1) Respecto al alegato de falta de legitimación pasiva del codemandado, Carlos Marcelo Ruiz Vega, la misma no es evidente, puesto que el precitado es el inmediato superior dentro de la estructura de la Dirección Departamental de la ABT de Santa Cruz; 2) Todos los demandados, al firmar la disolución del contrato tienen legitimación pasiva; y, 3) Se tiene la regla de que si el contrato a plazo fijo fue renovado en más de dos ocasiones se produce la conversión del contrato a uno por tiempo indefinido, en el presente caso existen ocho contratos, los mismos con adendas, haciendo un total de catorce contratos suscritos en seis años.    

  CONCEDER la tutela solicitada, conforme los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional; disponiendo la reincorporación laboral de Eda Milka Sánchez Cerda a su fuente laboral, en el mismo puesto que ocupaba al momento de la rescisión de contrato, así como la cancelación de los sueldos devengados y otros derechos sociales que le corresponda, hasta el cumplimiento del plazo previsto en el Contrato de Trabajo Eventual CE-ABT-096-2018, suscrito el 9 de enero; teniéndose por válidos todos los actos ejecutados en cumplimiento de la Resolución 06, hasta la notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; sin costas; y,