SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2019-S4

Fecha: 05-Abr-2019

II.1.

II.1.    Consta Contrato Administrativo CC-ABT-007/2012 de prestación de servicios de consultoría de línea ABT-CONSULTORÍA -006/012, suscrito el 17 de enero de 2012 por la ABT, tomándose los servicios de Eda Milka Sánchez Cerda –hoy accionante–, para que se desempeñe en el cargo de profesional de apoyo en Asesoría Legal “UOBT San Ignacio de Velasco, del programa “Estrategia Nacional de Fiscalización y Control Social en el Uso de los Recursos Bosques y Tierra” con vigencia del 17 de enero hasta el 16 de abril de 2012 (tres meses); Contrato Administrativo CC-ABT-157-2012, prestación de servicios de consultoría en línea ABT-CONSULTORIA-029/2012, bajo el precitado cargo, por el periodo del 10 de mayo hasta el 31 de diciembre de dicho año (siete meses); Adenda a Contrato Eventual CE-ABT-078/2013, elaborado el 1 de agosto con el objeto de establecer la ampliación del plazo del contrato, vigente desde el 1 de agosto al 31 de diciembre del mencionado año; Contrato de Trabajo Eventual CE-ABI-095/2014 de 7 de enero, mediante el cual se tomó los servicios de la ahora peticionante de tutela en el cargo de responsable jurídico de la Dirección Departamental de la ABT de Santa Cruz, San José de Chiquitos–Roboré por el periodo del 7 de enero al 31 de octubre del indicado año; Contrato de Trabajo Eventual CE-ABT-“11”-2015, suscrito el 19 de enero, por la ABT y Eda Milka Sánchez Cerda para prestar sus servicios como profesional de apoyo jurídico de la Dirección Departamental de la ABT de Santa Cruz, con vigencia desde el 19 de enero al 8 de julio del referido año; Contrato de Trabajo Eventual CE-ABT-313-2015 de 17 de julio, por el lapso del 17 de julio al 30 de octubre del mismo; Contrato de Trabajo Eventual CE-ABT-113-2016 de 19 de enero, con plazo fijo del 19 de enero hasta el 30 de septiembre del mencionado año y en el cargo ya citado. De igual forma, su Adenda firmada el 30 de octubre de 2016 para el ciclo comprendido entre el 1 de octubre y el 30 de diciembre de la antedicha gestión; Contrato de Trabajo Eventual CE-ABT-130-2017 de 21 de enero, con vigencia del 24 de enero al 22 de diciembre del señalado (fs. 30 a 63).