Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0082/2019-S2
Fecha: 05-Abr-2019
III.4. Análisis del caso concreto
Dentro del contexto señalado, lo que esencialmente denuncia la parte actora, es la supuesta falta de fundamentación, motivación, congruencia así como la incorrecta valoración de los elementos probatorios aportados en la investigación, en la Resolución Fiscal Departamental 431/18, dictada por el Fiscal Departamental de Santa Cruz. Por ello, a efectos de determinar si es evidente lo alegado por el accionante, es necesario referirse a la aludida Resolución.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. La revisión de la valoración de la prueba en sede constitucional
- En particular en lo relativo al contenido de fondo, no sólo deberán circunscribirse a relatar lo expuesto por las partes sino también citar las pruebas que aportaron las partes, exponer su criterio sobre el valor que le dan a las mismas luego del contraste y valoración que hagan de ellas dando aplicación a las normas jurídicas aplicables para finalmente resolver
- Si no proceden de esa forma y dictan una resolución sin respetar la estructura señalada, resulta obvio que su decisión será arbitraria y considerada subjetiva e injusta, pues el sujeto procesal a quien no le sea favorable no podrá entender y menos saber la razón jurídica de la decisión
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- MAGISTRADA