SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2019-S1

Fecha: 03-Abr-2019

i)

En derecho a la réplica señaló: i) Los Títulos Ejecutoriales emitidos por el INRA como consecuencia del saneamiento no son verdades jurídicas inamovibles, pueden haber existido errores y por lo tanto son susceptibles de la acción de nulidad; ii) Si bien hay un acta de conformidad de linderos suscrita, hay una sola línea recta que el INRA hizo para la división de ambos predios; iii) No podría haber impugnado la Resolución Final de Saneamiento si desconocía de su contenido; y, iv) Lo que se pretende es la tutela constitucional para acceder a la información, no existiendo otra vía ordinaria para ello.

Mary Gutiérrez Zambrana y Juan de Dios Aguilar Delgadillo, titulares del predio “Los Tajibos I”, a través de su representante legal, en audiencia señalaron que: i) Conforme a la Sentencia emitida en el proceso de mensura y deslinde, no hay sobreposición; lo que pide la accionante es que se establezca su lindero conforme al Título Ejecutorial arrimado al expediente y archivo de saneamiento del INRA; y, ii) Se hace una observación en cuanto a que existen otros terceros interesados que no fueron notificados.