SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2019-S4
Fecha: 10-Abr-2019
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 7 de marzo de 2018, Rut Miriam Ecos Saique, formuló recurso de revocatoria, impugnando el Memorando Cite URRHH-A 080/2018 y argumentando en lo más relevante que no existía causal alguna que justifique su desvinculación, habiendo por el contrario demostrado su capacidad, eficiencia y responsabilidad en el desempeño de sus funciones y que, a partir de una interpretación teleológica y sistemática de las normas laborales, debería resguardarse su derecho al trabajo, motivo por el cual, solicitó se revoque la decisión asumida y se disponga su reincorporación y posterior transferencia a otro hospital o centro de salud en el que pudiera demostrar que su desempeñó era acorde con las responsabilidades y obligaciones atinentes a su cargo (fs. 23 a 24 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los funcionarios públicos provisorios
- Fragmento 16
- Los servidores públicos provisorios gozan de los mismos derechos establecidos en el art. 7.I EFP; empero, no pueden impugnar las resoluciones que impliquen su remoción; es decir no gozan de la inamovilidad laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR