SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2019-S4
Fecha: 10-Abr-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La peticionante de tutela alega la vulneración sus derechos al trabajo y a una fuente laboral estable; al debido proceso; a la defensa; a la salud y a la vida; asimismo, alegó .la infracción de los principios de favorabilidad y seguridad jurídica; toda vez que, sin que exista causal alguna que justifique su desvinculación, fue destituida de su cargo al considerársela como funcionaria de libre nombramiento; situación que a más de cercenarle su derecho al trabajo y a una fuente estable, atenta contra su salud y pone en riesgo su vida, habida cuenta que, la enfermedad terminal que padece, necesita de atención médica especializada y de medicamentos que son de muy alto costo, a los cuales sin el seguro médico, no podrá acceder.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los funcionarios públicos provisorios
- Fragmento 16
- Los servidores públicos provisorios gozan de los mismos derechos establecidos en el art. 7.I EFP; empero, no pueden impugnar las resoluciones que impliquen su remoción; es decir no gozan de la inamovilidad laboral
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR