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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2019-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0098/2019-S1

    Fecha: 10-Abr-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1. Naturaleza y alcances del derecho al agua
    • la jurisprudencia constitucional fue extensa y estableció un principio de prohibición de privación arbitraria de este derecho, ya sea por particulares, comunidades o cooperativas,
    • En su desarrollo jurisprudencial, la justicia constitucional estableció que ninguna de las dimensiones de este derecho prevalece sobre las otras
    • III.2. La armonía y el equilibrio como principales finalidades de la resolución de controversias en las naciones y pueblos indígena originario campesinos
    • III.3. Respecto a la legitimación pasiva
    • si esta omisión se manifiesta en curso de revisión surgen situaciones que imposibilitan ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada; por una parte, por las consecuencias que ocasiona la resolución constitucional y por otra, porque una acción de defensa de derechos fundamentales no puede ser resuelta soslayando los derechos de otro, como es el derecho de defensa de la autoridad o particular que presuntamente ocasionó la lesión que motiva la acción tutelar
    • III.4.1.Respecto al Secretario General de la Comunidad Caminaca
    • Fragmento 20
    • III.4.2.Respecto a la Alcaldesa de GAM de Sorata
    • CONFIRMAR

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