SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0114/2019-S3
Fecha: 09-Abr-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia lesionado su derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, valoración de la prueba, acceso a la justicia y tutela judicial efectiva manifestando que, el Fiscal de Materia asignado a su caso, emitió la Resolución de Rechazo de Denuncia de 16 de octubre y Requerimiento Conclusivo de Sobreseimiento de 31 de octubre ambos de 2017, impugnadas las mismas, fueron ratificadas por el Fiscal Departamental de Oruro, a través de la Resolución Jerárquica F.D.O/M.G.R.C 1/2018 y la Resolución 1/2018 ambas de 15 de enero, omitiendo pronunciarse respecto a los agravios expuestos y valorando elementos que no fueron considerados por el Fiscal de Materia, efectuando apreciaciones y valoraciones arbitrarias, sin fundamentar de manera objetiva y razonable.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1) Respecto a la Resolución Jerárquica
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- Concluyéndose que la resolución fiscal debe estar debidamente fundamentada, lo que significa que resolviendo el fondo, su requerimiento debe cumplir exigencias de estructura, de forma como de contenido, no limitándose a relatar lo ya expuesto por los sujetos procesales, sino citar los elementos probatorios aportados por éstos, exponer su criterio sobre el valor dado a los mismos luego del contraste y valoración que hagan de ellos y aplicando las normas jurídicas a resolver, evitando así tomar decisiones arbitrarias
- III.2. Valoración de la prueba es atribución exclusiva de la jurisdicción ordinaria
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.3.6. Contrastación de la impugnación de Sobreseimiento y la Resolución 1/2018
- REVOCAR en parte
- 1º CONCEDER
- 2° DENEGAR