SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2019-S1
Fecha: 17-Abr-2019
II.4.
II.4. A través de la Resolución de 22 de mayo de 2018, la Jueza Pública Civil y Comercial de Familia y de Instrucción Penal Primera del Plan Tres Mil del departamento de Santa Cruz, -ahora demandada-, repuso la Resolución de 4 de abril de igual año, de medida cautelar de detención preventiva contra Lorena Vaca Balcázar, a fin de que pueda hacer uso de los medios de defensa que le franquea la ley, señalándose en la misma la inexistencia del Acta de esa audiencia, debido a la renuncia del Secretario que habría sido aceptada por los Vocales del Tribunal Departamental de Justicia del citado departamento sin que haya cumplido con sus obligaciones pendientes, entre ellas la elaboración de dicha acta (fs. 100 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- a)
- Fragmento 5
- denegó
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- La aplicación de medidas cautelares establecidas en este Código será excepcional
- deberá considerar para su aplicación, por una parte, el carácter excepcional de esta medida cautelar
- antes de imponer la detención preventiva de la gestante o madres durante la lactancia de hijos menores de un año, la autoridad competente tiene el deber de agotar todas las posibilidades de aplicar otras medidas cautelares alternativas o sustitutivas previstas por ley
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- el sistema procesal es un medio para realizar la justicia
- Precedente obligatorio SC 1871/2003-R, de 15 de diciembre que establece sobre los casos en que la imputada sea madre de un menor de una año, la cual establece y se reitera posteriormente que
- REVOCAR en parte
- 1º
- 2º