SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2019-S4
Fecha: 17-Abr-2019
concedió
La Sala en Materia del Trabajo y Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, constituida Tribunal de garantías, por Resolución de 04/2018 de 30 de agosto, cursante de fs. 204 a 210 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo la emisión del mandamiento de desapoderamiento contra los demandados y todos quienes estén ocupando los referidos terrenos, ubicados en la localidad de San Ignacio de Moxos de departamento de Beni y sea con el auxilio de la fuerza pública; fundando su fallo en los siguientes argumentos: i) De los elementos puestos a conocimiento a través de esta acción de defensa, se advirtió que el accionante acreditó efectivamente su derecho propietario respecto de los terrenos que fueron objeto de avasallamiento por parte de los demandados y otros, no existiendo controversia alguna en cuanto al derecho propietario consolidado a su favor; y, ii) Del contenido de la denuncia ante la Policía Boliviana, se tiene que los ahora demandados ingresaron de forma abrupta a los terrenos de propiedad del impetrante de tutela, violentando su derecho a la propiedad privada; extremos estos que permitieron concluir que hubieron medidas de hecho, ya que los demandados ingresaron y tomaron posesión de los bienes inmuebles de propiedad del impetrante de tutela, al margen de cualquier mecanismo legal que convenga, correspondiendo en consecuencia, conceder la tutela impetrada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no le compete definir derechos que no estuvieren consolidados a su titular, ni mucho menos analizar hechos controvertidos
- quien acude a esta vía extraordinaria, debe acreditar su titularidad respecto de los derechos cuya tutela solicita
- No corresponderá a la jurisdicción constitucional el conocimiento de las acciones de amparo constitucional en el caso que se tengan que dilucidar derechos controvertidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR