Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2019-S4
Fecha: 17-Abr-2019
II.1.
II.1. Mediante Escritura Pública 182/2017 de 6 de julio, se procedió a registrar una minuta unilateral de uso de cambio de suelo de sub urbano a lote de terreno urbano, ubicado en la localidad de San Ignacio de Moxos del departamento de Beni, con una superficie de 3 894 300.00 m2, quedando inscrito en DD.RR. bajo la matrícula computarizada 8.05.1.01.0000546, efectuada por Eduardo Arias Diez, acompañando plano de terreno urbano (fs. 4 a 7).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no le compete definir derechos que no estuvieren consolidados a su titular, ni mucho menos analizar hechos controvertidos
- quien acude a esta vía extraordinaria, debe acreditar su titularidad respecto de los derechos cuya tutela solicita
- No corresponderá a la jurisdicción constitucional el conocimiento de las acciones de amparo constitucional en el caso que se tengan que dilucidar derechos controvertidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR