Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
Fragmento 13
Conforme al art. 7 del Código de las Familias y del Proceso Familiar, las instituciones reguladas por dicho cuerpo normativo son de orden público y de interés social, siendo nulo cualquier acto de renuncia o que establezca lo contrario por voluntad de las y los particulares, a menos que exista disposición expresa; por ello, la asistencia familiar, encontrándose reconocido y regulado en el aludido Código, constituye un instituto jurídico de orden público.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 13
- III.1. Naturaleza jurídica de la asistencia familiar como medio de subsistencia
- III.2.
- con intervención de un testigo debidamente identificado y firmará también en la diligencia
- CONFIRMAR