Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0135/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 24 de abril de 2018, el beneficiario solicitó aprobación de liquidación, al no haber existido observación alguna del obligado, que mereció el pronunciamiento del Auto de 25 de abril del mismo año, por el que la autoridad demandada, aprobó la planilla de liquidación y conminó a Hernán Paucara Tapia a cancelar el monto adeudado, descontándose justos y legítimo pagos cursantes en el proceso (fs. 10 y vta.), determinación notificada al accionante el 7 de mayo de 2018 en Secretaría del Juzgado (fs. 11).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 5
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 13
- III.1. Naturaleza jurídica de la asistencia familiar como medio de subsistencia
- III.2.
- con intervención de un testigo debidamente identificado y firmará también en la diligencia
- CONFIRMAR