SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2019-S2

Fecha: 17-Abr-2019

concedió en parte

El Juez Público Civil y Comercial Vigesimoséptimo de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 12/2018 de 12 de septiembre, cursante de fs. 577 a 581, concedió en parte la tutela, dejando sin efecto la providencia de 27 de abril de 2018 y en su mérito dispuso que los actuales Magistrados miembros de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, emitan una resolución debidamente motivada y fundamentada sobre el incidente de nulidad de obrados presentado el 8 de marzo del año citado, por parte de la AJ, absolviendo todos y cada uno de los aspectos alegados o cuestionados de inobservados e inaplicados en el proceso contencioso administrativo, conforme a los argumentos expuestos en la presente Resolución, con los siguientes fundamentos: a) La AJ, no fue notificada con la demanda contencioso administrativa; por lo que, al tener conocimiento de la Sentencia 145/2016, solicitó fotocopias del proceso para posteriormente presentar incidente de nulidad de obrados, a objeto de asumir defensa porque se dejó sin efecto las Resoluciones Administrativas emitidas por la entidad fiscalizadora, que fue providenciado de “estese a la Sentencia” (sic), respecto al cual, como Juez de garantías considera no fue un rechazo y tampoco fue objeto de ningún  medio recursivo; y, b) Se advierte que se conculcó el debido proceso en sus vertientes motivación fundamentación, a la defensa y a ser oído, porque correspondía la emisión de un auto interlocutorio en el que se fundamente si correspondía o no tramitar el incidente, respondiendo los puntos cuestionados; es decir, un pronunciamiento expreso sobre el incidente suscitado, y si era pertinente o no incluir en la misma a la AJ, como tercero interesado.