SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2019-S2
Fecha: 17-Abr-2019
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
José Antonio Revilla Martínez, Marco Ernesto Jaimes Molina, Juan Carlos Berríos Albizú, Edwin Aguayo Arando, Olvis Egüez Oliva, María Cristina Díaz Sosa, Esteban Miranda Terán, Ricardo Torres Echalar y Carlos Alberto Egüez Añez, Magistrados de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en su informe escrito, cursante de fs. 466 a 467 vta., expresaron que el Tribunal Supremo de Justicia, conformado por los actuales Magistrados, no participó del acto impugnado; en consecuencia, no corresponde informar sobre el fondo de las pretensiones deducidas por la parte accionante; empero, respetuosos se apersonan, haciendo constar expresamente, que estarán a los resultados de la presente acción tutelar a efecto de asumir la responsabilidad institucional que corresponda.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- III.1. La no intervención del tercero interesado dentro del proceso contencioso administrativo, lesiona el derecho al debido proceso en su elemento a la defensa
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20
- Fragmento 21