SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2019-S3

Fecha: 11-Abr-2019

provisional

Compele resaltar que la tutela a ser concedida es de carácter provisional, por cuanto, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional citada en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, encontrándose abierta la posibilidad de que el empleador impugne lo obrado agotando la vía administrativa y posteriormente en la justicia ordinaria conforme a lo previsto por el    DS 0495, y siendo que a la justicia constitucional no le compete ingresar a analizar los elementos que hacen al fondo de la causa, corresponde únicamente ordenar el cumplimiento de la Conminatoria 009/2018 en su totalidad, toda vez que será la vía ordinaria laboral la que en definitiva decida sobre la legalidad o ilegalidad del despido del ahora accionante.

Ahora bien, conforme a lo expresado en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo constitucional, este Tribunal tiene la potestad de disponer que las conminatorias de reincorporación sean acatadas en su integridad, sin omitir ninguna de las determinaciones asumidas en ellas; es decir, en el caso que nos ocupa, respecto a la reincorporación del accionante a su fuente laboral, los sueldos devengados y otros derechos sociales que correspondan hasta el momento de su reincorporación; consecuentemente, obliga la concesión de la tutela solicitada, que abarcará todos los puntos dispuestos en Conminatoria 009/2018, considerando que su cumplimiento es obligatorio e integral.