SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2019-S3

Fecha: 11-Abr-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Vladimir Copa Mamani, interpuso medida preparatoria de reconocimiento de firmas y rúbricas, respecto del documento privado de reconocimiento de deuda de 24 de abril de 2013, contra Delfín Cruz Mamani y su persona, proceso radicado en el entonces Juzgado de Partido Civil Cuarto de la Capital del departamento de Potosí; emitiéndose el Auto Definitivo de 27 de septiembre de igual año, mediante el cual se dio por reconocidas sus firmas.

Con el antecedente anterior, se formalizó la demanda ejecutiva, emitiéndose Sentencia, en cuya ejecución se dispuso el remate de dos de sus inmuebles en base a un supuesto informe técnico pericial de avalúo realizado por Jorge Tomás Galán Laime; solicitándose mandamiento de allanamiento, situación que le obligó a interponer incidente de saneamiento procesal, mereciendo la emisión del Auto Interlocutorio de 31 de mayo de 2017, que apeló y se resolvió mediante el Auto de Vista 025/2018 de 12 de marzo, el cual confirmó el Auto mencionado.

Afirmó que en la emisión del Auto de Vista señalado, no se observó el debido proceso en su elemento congruencia, porque no consideró los reclamos de la falta de tasación para la subasta del inmueble de calle Chuquisaca de la zona San Martín de la ciudad de Potosí, incurriendo en errónea valoración de la prueba y aplicación del art. 535 del Código de Procedimiento Civil abrogado (CPCabrog); por ende el Auto de Vista 025/2018 sería ilegal, incongruente e inmotivado, porque buscó subsanar las inconsistencias del informe técnico pericial para darle valor procesal, resolviendo cuestiones que no fueron objeto de expresión de agravios, constituyéndose en extra petita.