Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0146/2019-S3
Fecha: 11-Abr-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega como lesionado su derecho al debido proceso en sus elementos congruencia y motivación; puesto que los Vocales demandados al emitir el Auto de Vista 025/2018 de 12 de marzo, resolvieron cuestiones que no fueron objeto de expresión de agravios, buscando subsanar errores técnicos que existen en el informe pericial de avalúo referente al bien inmueble objeto de subasta y remate; incumpliendo de esta forma con la debida motivación y congruencia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación, fundamentación y congruencia de las resoluciones como un elemento del debido proceso
- Fragmento 10
- III.2. Resolución motivada como contenido del derecho al debido proceso
- III.3. Principio de congruencia
- ‘ultra petita’ en la que se incurre si el Tribunal concede ‘extra petita’ para los supuestos en que el juzgador concede algo distinto o fuera de lo solicitado por las partes
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)