SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2019-S3

Fecha: 16-Abr-2019

el acta estará recién PARA EL PROXIMO AÑO 2019

Dentro del proceso penal seguido a instancia del Ministerio Público en su contra, en audiencia de medidas cautelares celebrada el 16 de noviembre de 2018, la Jueza Pública Mixta Civil y Comercial y de Familia e Instrucción Penal Primera de Sipe Sipe del departamento de Cochabamba -ahora demandada-, determinó su detención preventiva, razón por la que presentó recurso de apelación incidental, memorial que hasta el 26 del mismo mes y año aún no fue decretado, tampoco fue transcrito el acta de audiencia, habiéndole manifestado el personal del juzgado que “…el acta estará recién PARA EL PROXIMO AÑO 2019…” (sic) y por ende no se remitió el cuaderno de apelación al Tribunal de alzada, habiendo superado el plazo de veinticuatro horas establecido por el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), incurriendo en una dilación indebida.