SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2019-S3

Fecha: 16-Abr-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante por intermedio de su representante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus componentes de legalidad, taxatividad, reserva de ley, tipicidad, motivación y valoración de la prueba, en razón a que las autoridades demandadas dentro del proceso administrativo contravencional iniciado en su contra por la Aduana Interior Cochabamba, aplicaron retroactivamente el DS 2232, vulnerando el art. 82 de la LGA; toda vez que, habiendo embarcado su vehículo el 10 de octubre del mismo año e inició su trámite de importación en vigencia del DS 28963, correspondía que el mencionado proceso concluya con la norma legal vigente a ese momento y no así con la disposición legal que entró en vigencia posteriormente y disponer el decomiso de su motorizado, sanción que no se encuentra claramente determinada en la señalada disposición legal, decisión contra la que interpuso recursos de alzada y jerárquico instancias en las que confirmaron la Resolución Sancionatoria CBBCI-RC-0570/2017 de 8 de agosto, con los mismos fundamentos, desconociendo su propio precedente tributario, habida cuenta que, en otro caso con similares antecedentes, la misma autoridad jerárquica señaló que no cometió el delito de contrabando por la temporalidad de la norma y en su caso instruyó el decomiso de su vehículo, desconociendo incluso el comunicado oficial de la Presidenta de la ANB que dispuso que los vehículos que no podían nacionalizarse por antigüedad debían ser reexportados a otros países.