Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2019-S1
Fecha: 26-Abr-2019
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La parte impetrante de tutela denuncia como lesionados sus derechos al debido proceso, a la “petición y respuesta”, a la tutela judicial efectiva; así como a los principios de seguridad jurídica, favorabilidad, legalidad e interpretación de la legalidad ordinaria, citando al efecto los arts. 24, 115.II, 116.I, 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- Fragmento 7
- denegó
- II.1.
- II.1.1.
- II.1.2.
- II.1.5.
- II.2.
- II.2.1.
- II.2.3
- II.2.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- (interpretación de la normas)
- Fragmento 19
- improbada
- i)
- Fragmento 22