SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2019-S2

Fecha: 24-Abr-2019

II.1.

II.1.    Dentro del proceso penal seguido contra el accionante por la presunta comisión de los delitos de estelionato y falsedad ideológica; el Juez ahora demandado, mediante Resolución 175/2018 de 12 de septiembre, dispuso la detención preventiva en su contra, arguyendo en lo principal que: a) Si bien a criterio suyo la madre del encausado -hoy impetrante de tutela- contaba con derecho propietario, respaldando tal aspecto documentalmente; empero, existía una sobre posición -también sustentada con informes y otros- que establecía la probabilidad de que dicho derecho no exista; b) En relación al domicilio, se evidenció que además del verificativo policial domiciliario del solicitante de tutela, se presentó un registro de propiedad de otro inmueble suyo; y, en tal contexto se determinó que ambos lugares cumplían con las condiciones de habitabilidad; y, Jaime Edmundo Palacios Salas no acreditó cuál de los dos cumplía además con la condición de la habitualidad; por lo que, se consideró que concurría el riesgo procesal contemplado en el art. 234.1 y 2 del CPP; c) En el Juzgado de Instrucción Penal Quinto de la Capital del departamento de La Paz, el accionante cuenta con una resolución de acusación formal y otra similar de imputación formal, ambos, por la presunta comisión del delito de falsedad ideológica y abuso de firma en blanco, por lo que concurriría el riesgo procesal contemplado en el          art. 234.8 de la norma adjetiva penal; d)  Sobre el art. 234.10 del CPP, se tuvo que el sindicado tenía una relación cercana y de confianza con la víctima; por lo que, podría ser un peligro efectivo para la misma;             e) Concurría el peligro de obstaculización de conformidad al art. 235.1 y 2 del citado Código , pues la conducta del procesado de falsificar documentos modificándolos o suprimiéndolos se corroboraba por otro caso donde ya se encontraba con acusación formal; además, existía riesgo de que influya negativamente sobre su madre Ayda Salas Ruiz, quien era coimputada; razones por las que se dispuso su detención preventiva (fs. 21 a 25).