SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0184/2019-S3
Fecha: 30-Abr-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Son propietarios de un lote de terreno con una superficie de 374,22 m2, y una casa de 16 x 4 m2, la misma tiene un patio de 25 x 23 m2, y que debido a que el Gobierno Autónomo Municipal de Coqueza del departamento de Potosí, no implementó el sistema de Catastro Municipal, ninguno de los comunarios tiene inscrito su derecho propietario inmobiliario en el Subregistro de Derechos Reales (DD.RR.), de Uyuni de dicho departamento, por este motivo la posesión pública, pacífica, continua e ininterrumpida son los elementos que demuestran el derecho propietario sobre los indicados bienes.
El 20 de mayo de 2018, se les privó el ingreso a sus propiedades, ubicadas en inmediaciones de la plaza de la comunidad, a través de medidas de hecho efectuadas por el demandado, disponiendo la suspensión de la construcción, para luego el 1 y 2 de junio de ese año, efectuar la construcción de un muro de piedra que les impide el ingreso a su inmueble, vulnerando de esta manera su derecho de propiedad y el derecho a la vejez digna.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.5.
- II.9.
- III.
- a través de sus sentencias obtuvieron un razonamiento por el que cuando se observaba que el derecho propiedad se encontraba limitado por actitudes de hecho merecía inclusive se abstenga del principio de subsidiariedad y así otorgar inmediata protección
- III.2. Derecho a la propiedad
- De igual manera, el Código Civil en su art. 105, identifica a la propiedad como un poder jurídico que permite usar, gozar y disponer de una cosa, debiendo ejercerse en forma compatible con el interés colectivo
- III.3. Contenido relevante del Informe de Campo TCP/STyD/UD/008/2018 de 20 de diciembre
- en definitiva es patio extendido hacia delante de la iglesia colonial, de posesión y dominio público ancestral de la comunidad.
- III.4. Análisis del caso en concreto
- prohibición de continuar con la construcción del inmueble y el levantamiento de calaminas
- limitación de ingreso al inmueble a partir de la construcción de un muro de piedra
- III.5. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER en parte
- 2° DENEGAR
- 3°