Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0204/2019-S3
Fecha: 30-Abr-2019
II.5.
II.5. En el Informe MTEPS/JDTCBBA/INF-1809/2018 de 17 de agosto, suscrito por el Inspector de la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, se evidencia que se indicó que Vladimir Mamani Choque, en representación del referido Sindicato, no tendría la predisposición de solucionar en la vía conciliatoria el derecho que reclamaron los ahora accionantes (fs. 102 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- publicación pública en un medio de difusión social
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Derecho al trabajo
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- Los miembros del ex-directorio o saliente y los actuales, serán enjuiciados ante la justicia ordinaria debido a malos manejos económicos
- CONFIRMAR