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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2019-S3

    Fecha: 30-Abr-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • 1)
    • i)
    • a)
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • Fragmento 9
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 17
    • Fragmento 18
    • Fragmento 19
    • las vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, por tanto, el control tutelar de constitucionalidad puede ser activado frente a estas circunstancias sin necesidad de agotar previamente otros mecanismos ordinarios de defensa, aspecto reconocido de manera uniforme por la jurisprudencia emanada en ejercicio del control de constitucionalidad y que debe ser ratificado por este Tribunal Constitucional Plurinacional
    • i) la carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos;
    • Fragmento 22
    • Fragmento 23
    • Fragmento 24
    • acción de
    • III.2.   Análisis del caso concreto
    • debiendo acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas asumidas sin causa jurídica
    • Fragmento 28

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