SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0211/2019-S3
Fecha: 30-Abr-2019
II.4.
II.4. Mediante Acta Notarial de Declaración Voluntaria de 21 de septiembre de 2018, el Alcalde aludido señaló entre otros aspectos que el 30 de marzo del citado año, en un cabildo abierto llevado a cabo en la Plaza de la Libertad del mencionado municipio dirigido por Beatriz Lima Butrón, Presidenta de la FEJUVE “Villa de la Libertad” de la citada localidad; Katty Condori Poma, Ejecutiva Provincial de mujeres “Bartolina Sissa”; y, Julio César Apaza Tintaya, Ejecutivo Provincial de varones “Túpac Katari” -ahora demandados-, determinaron tomar físicamente el edificio consistorial de la Alcaldía, materializándose este hecho el 13 de agosto del año referido por parte de la vigilia asentada en citado predio con el aseguramiento de la puerta de ingreso con candados, con el objeto que tanto el Alcalde, Concejales y demás trabajadores no ingresen a aquellas dependencias (fs. 13 a 14).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- Fragmento 9
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- las vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, por tanto, el control tutelar de constitucionalidad puede ser activado frente a estas circunstancias sin necesidad de agotar previamente otros mecanismos ordinarios de defensa, aspecto reconocido de manera uniforme por la jurisprudencia emanada en ejercicio del control de constitucionalidad y que debe ser ratificado por este Tribunal Constitucional Plurinacional
- i) la carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir en prescindencia absoluta de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos;
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- acción de
- III.2. Análisis del caso concreto
- debiendo acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas asumidas sin causa jurídica
- Fragmento 28