SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2019-S3

Fecha: 30-Abr-2019

d)

d)    “Respecto al peligro de obstaculización se consigna el Art. 235 núm. 1 y 2) del Código de Procedimiento Penal, respecto al primero se ha consignado que el imputado pueda modificar, ocultar o suprimir algún elemento de prueba, en tal sentido de los argumentos expuestos en audiencia de fundamentación por parte del apelante se ha hecho referencia de que el imputado sería el Gerente General de la Empresa de la Francesa y en consecuencia siendo que dicha empresa se halla vinculada en forma directa en la investigación del presente caso lo cual a criterio de esta Autoridad es que el imputado influiría en forma negativa en la colección de los elementos de prueba que hallados en dicho establecimiento más aun cuando al ocupar ese el rol de uno de los cargos más altos de dicha Empresa y por otro lado no se ha presentado elemento de prueba que tienda a enervar el presente riesgo procesal, por consiguiente el criterio arribado por parte de la Autoridad Judicial a quo en este riesgo y en mérito a ellos subsiste el peligro de obstaculización contemplado en el Art. 235 núm. 1) del Código de Procedimiento Penal” (sic).