Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
II.1.
II.1. Dentro del proceso de mejor derecho propietario, acción reivindicatoria, desocupación y entrega de propiedad agraria y demanda reconvencional de derecho preferente, indemnización y pago de mejoras, instaurado por Eliceo Sandoval Zabala contra Víctor Alejandro Argote Vaca, el Juez Agroambiental de Vallegrande del departamento de Santa Cruz, emitió la Sentencia JAV 001/2018 de 1 de marzo, declarando probada la demanda principal; improbada la reconvencional de derecho preferente y parcialmente probada la acción de reconvención de pago de indemnización y mejoras (fs. 258 a 270 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.2. Análisis del caso concreto
- todas las autoridades –judiciales o administrativas– que conocen de la sustanciación de un proceso, tienen el deber inexcusable de exponer las razones fácticas y jurídicas suficientes que expliquen, aunque sea de manera concreta, las causales que lo llevaron a adoptar una decisión; caso contrario, se desconocería el debido proceso.
- i)
- CONFIRMAR