SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2019-S4

Fecha: 25-Abr-2019

III.2.  Análisis del caso concreto

El accionante manifestó que el Auto Agroambiental Plurinacional S2ª 49/2018, dictado por los ahora demandados, vulnera el debido proceso en sus elementos de una debida fundamentación, motivación y congruencia, toda vez que, declaró infundado su recurso de casación, no obstante haber reconocido que el Juez a quo incurrió en una indebida fundamentación respecto a la falta de consideración de la prioridad de registro y omitió pronunciarse respecto a la indebida aplicación de la ley e inadecuada compulsa de los elementos de prueba, efectuadas por el Juez de la causa.

De acuerdo a lo establecido en la jurisprudencia constitucional citada en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, la emisión de una decisión carente de fundamentación y motivación, se configura como una omisión del juzgador de dar cuenta respecto a los argumentos que sustentan sus decisiones, ya que es precisamente en torno a sus razones, en que se sostiene la legitimidad de su ámbito decisional; en consecuencia, la carencia de estos elementos constitutivos en toda decisión, se traduce no solo en lesión al debido proceso, sino también en una directa restricción del derecho de acceso a la justicia en su vertiente del derecho a una decisión judicial.