SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1087/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
III.2. Análisis del caso concreto
El accionante manifestó que el Auto Agroambiental Plurinacional S2ª 49/2018, dictado por los ahora demandados, vulnera el debido proceso en sus elementos de una debida fundamentación, motivación y congruencia, toda vez que, declaró infundado su recurso de casación, no obstante haber reconocido que el Juez a quo incurrió en una indebida fundamentación respecto a la falta de consideración de la prioridad de registro y omitió pronunciarse respecto a la indebida aplicación de la ley e inadecuada compulsa de los elementos de prueba, efectuadas por el Juez de la causa.
De acuerdo a lo establecido en la jurisprudencia constitucional citada en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, la emisión de una decisión carente de fundamentación y motivación, se configura como una omisión del juzgador de dar cuenta respecto a los argumentos que sustentan sus decisiones, ya que es precisamente en torno a sus razones, en que se sostiene la legitimidad de su ámbito decisional; en consecuencia, la carencia de estos elementos constitutivos en toda decisión, se traduce no solo en lesión al debido proceso, sino también en una directa restricción del derecho de acceso a la justicia en su vertiente del derecho a una decisión judicial.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso en sus vertientes de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones vinculadas con el principio de congruencia
- III.2. Análisis del caso concreto
- todas las autoridades –judiciales o administrativas– que conocen de la sustanciación de un proceso, tienen el deber inexcusable de exponer las razones fácticas y jurídicas suficientes que expliquen, aunque sea de manera concreta, las causales que lo llevaron a adoptar una decisión; caso contrario, se desconocería el debido proceso.
- i)
- CONFIRMAR