AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2019-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2019-CA

Fecha: 13-May-2019

II.3. Requisitos de procedencia y contenido de la acción de inconstitucionalidad concreta

De acuerdo con el art. 72 del CPCo, la acción de inconstitucionalidad concreta tiene por finalidad someter al control de constitucionalidad toda norma jurídica incluida en una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial que sea contraria a la Constitución Política del Estado, y puede ser promovida de oficio o instancia de las autoridades públicas o a petición de parte.