Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0145/2019-RCA
Fecha: 28-May-2019
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 3 de mayo de 2019, cursante de fs. 89 a 90 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Nicolás Almanza Aguilar y Florentina Vásquez de Almanza contra Patricia Torrico Ortega, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba y Ludvy Ilenka Solis de la Quintana, Jueza Agroambiental del referido departamento.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 4
- RECHAZA in limine
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- Aquello explica que la SC 0762/2003-R de 6 de junio, estableciera que el término de seis meses: ꞌ...no es rígida ni cerrada, pues podrá flexibilizarse cuando se hubiese excedido en algunos días y la lesión del derecho fundamental sea evidente y de tal naturaleza que el órgano encargado del control de constitucionalidad no puede ni debe permitir se consume
- Fragmento 9
- opera la flexibilización de la inmediatez
- rechazar
- RECHAZAR in limine
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión
- II.5. Otras consideraciones