Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0150/2019-RCA
Fecha: 29-May-2019
IMPROCEDENCIA
La Sala Constitucional Primera del departamento de La Paz, mediante Resolución 02/2019-I de 21 de febrero, cursante de fs. 274 a 275, declaró la IMPROCEDENCIA de la acción de amparo constitucional, alegando que se usó inadecuadamente esta acción, distorsionando su esencia y naturaleza, al ser evidente que no está orientada a obtener la protección efectiva de algún derecho fundamental o garantía constitucional, sino que busca impugnar y revisar una sentencia constitucional plurinacional, pretensión contraria a lo previsto en la Constitución Política del Estado y la ley.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- IMPROCEDENCIA
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- No serán admitidas Acciones de Defensa
- II.2. Inadmisibilidad de una acción de amparo constitucional contra la Sentencia Constitucional pronunciada dentro de otra acción tutelar
- son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio
- de acuerdo a una interpretación teleológica
- Fragmento 11
- II.3. Análisis del caso concreto