Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0034/2019
Fecha: 14-May-2019
2°
2° En cumplimiento del art. 275 de la CPE, el estatuyente deberá elaborar el texto ordenado del proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Batallas de acuerdo a los términos de las Declaraciones Constitucionales Plurinacionales 0221/2015 de 16 de diciembre, 0034/2014 de 13 de junio y la presente Resolución, para que en coordinación con el Órgano Electoral sea sometido a referendo.
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el alcance del control previo de constitucionalidad, las modificaciones o correcciones de normas institucionales básicas de las Entidades Territoriales Autónomas (ETA), como emergencia de una o más declaraciones constitucionales previas
- lo cual supone que aquellos artículos que no fueron observados y merecieron su declaratoria de compatibles con la Norma Suprema, no deben ser modificados
- III.2.
- improcedente toda pretensión dirigida a que en esta instancia se efectúe un nuevo control previo de constitucionalidad a disposiciones sobre las cuales existe un pronunciamiento previo por parte de este Tribunal declarando su compatibilidad
- Artículo 24 (Estructura y mandato del Concejo Municipal)
- a)
- Control previo de constitucionalidad
- Las entidades del Estado generarán espacios de participación y control social
- DISPOSICIÓN SUPRIMIDA
- se declara la incompatibilidad del ahora artículo 154,
- personas con capacidades diferentes
- El Estado tiene el deber de promoverlos, protegerlos y respetarlos
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