El accionante señala que como resultado de la interposición del recurso de apelación incidental resuelto por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que emitió el Auto de Vista 57/2018 de 13 de abril, fue beneficia
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El accionante señala que como resultado de la interposición del recurso de apelación incidental resuelto por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que emitió el Auto de Vista 57/2018 de 13 de abril, fue beneficia

Fecha: 07-May-2019

Fragmento 11

En consecuencia, a la problemática expuesta se hace aplicable el entendimiento jurisprudencial desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia; toda vez que, al haberse emitido el mandamiento de libertad reclamado por el accionante y remitido a las instancias correspondientes para hacerse efectiva, antes de que el Tribunal demandado y la funcionaria de apoyo jurisdiccional codemandada sean notificados con la presente acción tutelar, concurre la sustracción de materia o pérdida del objeto procesal, resultando por tal circunstancia en insubsistente el petitorio expuesto por el referido accionante; por lo que, corresponde denegar la tutela sin ingresar al fondo de la problemática planteada, al haber desaparecido los supuestos fácticos que motivaron su activación.