SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0026/2019

Fecha: 14-May-2019

I.1.

Por Auto 76 de 6 de junio de 2018 (fs. 14), el Juez Público Civil y Comercial Tercero de Montero del departamento de Santa Cruz declinó competencia y ordenó se remita el expediente ante el Juez Agroambiental de la referida localidad y departamento, señalando que el art. 152. 11 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) y 39.8 de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria (LSNRA) -Ley 1715 de 18 de octubre de 1996-, modificado por la Ley de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria -Ley 3545 de 28 de noviembre de 2006-, establecen que los jueces agroambientales (agrarios) tienen competencia para conocer otras acciones reales, personales y mixtas derivadas de la propiedad, posesión y actividad agroambiental (agraria), en base a ello refiere, que del contrato de asociación accidental o de cuentas en participación de 16 de julio de 2014, se evidencia que tenía por objeto llevar a cabo actividades de siembra, producción y comercialización de semillas de soya, sorgo, maíz, girasol en la parcela denominada “San Jorge” ubicada en la provincia Sara siendo estas actividades agrarias por excelencia, al ser establecidas contractualmente mediante campañas agrícolas.