SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0188/2019-S4

Fecha: 02-May-2019

II.2.

II.2.  Consta acta de audiencia pública de apelación sobre medida cautelar de carácter personal de 18 de mayo de 2018, en la que, el impetrante de tutela, –en lo pertinente– de forma oral alegó que la jueza inferior no consideró que; a) A esa fecha ya se presentó acusación fiscal y en su caso no se estableció de qué manera presuntamente podría influenciar a algún testigo que ni siquiera fue individualizado, además de la existencia de una Resolución de Rechazo contra del codenunciado Jhilber José Méndez Ramallo e incluso la aplicación de un procedimiento abreviado; y b) Cuando solicitó su cesación a la detención preventiva contaba con sesenta y ocho años y al ser un adulto mayor debía tenerse presente el Decreto Presidencial que beneficiaba a este grupo de personas, pero además las Sentencias Constitucionales relativas al tema, al igual que el Auto Supremo (AS) “354/2017”, que establece que este sector vulnerable debiera defenderse en libertad, posición compatible con lo establecido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su art. 77, que refiere el tratamiento diferenciado de los jueces de garantías penales para los adultos mayores, en el entendido de que estas autoridades judiciales se encuentran en la potestad de aplicar medidas alternativas o sustitutivas a la privación de libertad (fs. 15 a 16vta.).