SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2019-S2

Fecha: 09-May-2019

II.2.

II.2.    El 5 de septiembre de 2018, Herlin Paz Avaroma, Director Jurídico de la UABJB, emitió Informe 438/2018, a través del cual llego a las siguientes conclusiones: a) En cumplimiento del Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006, se debe proceder a realizar la denuncia ante el Rector en calidad de Presidente del Honorable Consejo Universitario para que dicha instancia autorice o no de manera justificada la instauración de un proceso investigativo interno sumarial, para determinar quién o quiénes son los responsables de dichas multas conforme a normativa; b) Realizar la acción de repetición, con la finalidad de recuperar dichos montos de dinero de multas; y, c) Se sugirió no dar curso a lo solicitado por el funcionario, señalando que si éste se sentía agraviado debía acudir a la vía judicial para hacer prevalecer su derecho (fs. 5 y vta.).