SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0208/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

La autoridad competente para conocer y resolver los Recursos Administrativos de Impugnación es la MAE de la entidad convocante

Asimismo, debe tenerse presente que por mandato del art. 90.I.a.iii) de las NB-SABS, se establecen las resoluciones que en proceso de contratación que en la modalidad de licitación pública nacional, son susceptibles de ser impugnadas; por su parte, el art. 92.I de la referida norma determina cuáles serán las autoridades competentes para conocer y resolver los recursos administrativos de impugnación, así dicha disposición prevé que: “I. La autoridad competente para conocer y resolver los Recursos Administrativos de Impugnación es la MAE de la entidad convocante.