SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2019-S2

Fecha: 10-May-2019

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La accionante a través de su abogado, ratificó en su integridad su demanda tutelar, agregando, que a más de un año de haberse iniciado el proceso en su contra, el Ministerio Público no realizó las investigaciones necesarias, pues no dio curso a las pericias solicitadas, lo cual influyó en que se mantenga latente el       art. 235.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP), conforme lo sostuvo el Juez a quo; aspecto que fue reclamado conjuntamente con el hecho que a su defendida, no se le comprobó la probable autoría del hecho atribuido; pues, se acreditó que en el momento del proceso de contratación, no tenía calidad de funcionaria pública; y que además, no existió en dicho proceso daño económico al Estado, conforme el informe de la Contraloría General del Estado (CGE); así también, se demostró ante la Sala Penal, que no existe ningún riesgo procesal respecto a la obstaculización que podría realizar a las investigaciones; sin embargo, las autoridades demandadas en su Resolución no observaron la SCP “1619/2014”, tampoco fundamentaron debidamente el porqué denegaron la cesación de la detención preventiva ni por qué mantienen subsistentes los riesgos procesales.