SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2019-S4

Fecha: 09-May-2019

en el efecto no suspensivo

Continuando con la revisión de esta temática, el art. 251 del CPP, incorporado en virtud de la Disposición Final Segunda de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad (LSNS) –Ley 264 de 31 de julio de 2012–, respecto a la apelación de medidas cautelares, señala: “La resolución que disponga, modifique o rechace las medidas cautelares, será apelable, en el efecto no suspensivo, en el término de setenta y dos (72) horas….” (el resaltado es nuestro).