Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0212/2019-S4
Fecha: 09-May-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad, al debido proceso y al principio de celeridad, alegando que dentro del proceso penal seguido en su contra fue beneficiado con medidas sustitutivas a la detención preventiva, razón por la que, solicitó se libre el correspondiente mandamiento de libertad, tras haber cumplido con los requisitos que le fueron impuestos; sin embargo, el Juez demandado rehusó librar dicho mandamiento, en virtud a que previamente debía remitirse la apelación formulada por el Ministerio Público, prologando así su detención indebida.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- ) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas
- cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- sólo es exigible el cumplimiento de las medidas sustitutivas que se hubieren aplicado
- en el efecto no suspensivo
- la apelación incidental planteada contra una resolución que disponga, modifique o rechace una medida cautelar, ingresa dentro del ámbito de la excepción prevista por el art. 396
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR