Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0221/2019-S4
Fecha: 10-May-2019
II.2.
II.2. En audiencia de apelación incidental de medidas cautelares contra el Auto 80/2018 de 30 de noviembre, celebrada el 17 de diciembre de 2018, en la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, cuyos Vocales integrantes son ahora demandados, se pronunció el Auto de Vista de la misma fecha, que rechazó en alzada su cesación a la detención preventiva, bajo el fundamento de permanecer vigente el riesgo procesal previsto en el art. 235.2 del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma,
- III.3. Análisis del caso concreto
- b)
- CONFIRMAR