SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0238/2019-S4
Fecha: 16-May-2019
concedió parcialmente
El Juez Público Civil y Comercial Séptimo del departamento de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 9 de “octubre” –siendo lo correcto noviembre– de 2018, cursante de fs. 81 a 83, concedió parcialmente la tutela solicitada, disponiendo la reincorporación de la trabajadora Miriam Tola, al mismo cargo que desempeñaba en la empresa, en el plazo de veinticuatro horas y denegó la tutela respecto al pago de los salarios devengados y la restitución de sus beneficios sociales, bajo los siguientes fundamentos: a) La ahora accionante fue designada Vocal Titular del Comité Mixto de Higiene y Seguridad Ocupacional de la empresa demandada, el 20 de marzo de 2018 por el periodo de un año; b) Mediante memorándum Multi Internacional/RR.HH. 55/2018 de 27 de agosto, la impetrante de tutela fue destituida de su cargo, bajo una supuesta causal establecida en el art. 16 de la LGT; c) La Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba emitió Conminatoria de reincorporación, ordenando la restitución de la trabajadora a su fuente laboral, al mismo cargo que ocupaba al momento de su desvinculación; y, d) Con relación al fuero sindical del que goza la trabajadora en su condición de Vocal del referido Comité, merece un tratamiento especial, y está vigente la prohibición de ser despedidos sin previo proceso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Informe del tercero interesado
- concedió parcialmente
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la protección del fuero sindical y sus alcances
- estabilidad laboral, otorgada a los dirigentes sindicales para garantizar la defensa del interés colectivo que representan
- no es viable la destitución del trabajador si no se ha tramitado previamente el desafuero sindical conforme a derecho,
- III.2. Sobre los principios de estabilidad y continuidad laboral, inmanentes al derecho al trabajo y al empleo
- III.3. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.4.Del cumplimiento obligatorio e integral de la conminatoria de reincorporación laboral
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.6. Consideración Final
- CONFIRMAR