Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2019- S2
Fecha: 15-May-2019
2°
2° Ordenar al Tribunal de Sentencia Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, que una vez resuelta la apelación incidental que cursa en la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por medio de los auxiliares de apoyo sanee la carpeta procesal, con todas las apelaciones y Autos surgidos a efectos de que todos los sujetos procesales cuenten con toda la documentación necesaria para actuaciones posteriores.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- devenga de dilaciones indebidas
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
- toda solicitud relativa o vinculada a la libertad de las personas, debe imprimírsele celeridad en su resolución sea positiva o negativamente para quien la pide,
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- REVOCAR
- 1°
- 2°