SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0242/2019- S2
Fecha: 15-May-2019
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante ratificó el tenor íntegro de la acción tutelar presentada y añadió: “…al interponer el recurso de apelación en 24 horas debe ser remitida en relación a la Sala Penal que corresponda y esta Sala Penal en 3 días de la remisión debe resolver la apelación, sepa que ambos plazos procesales han sido vulnerados en la presente causa, es por eso que reclamamos la presente acción de libertad que también tendría un cierto contenido de acción de libertad innovativa y daría una acción de libertad conexa, pero lo que solicitamos de su probidad es que se nos conceda la tutela sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho, que conforme a lo establecido en la línea jurisprudencial…” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- devenga de dilaciones indebidas
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
- toda solicitud relativa o vinculada a la libertad de las personas, debe imprimírsele celeridad en su resolución sea positiva o negativamente para quien la pide,
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- REVOCAR
- 1°
- 2°