SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2019-S2
Fecha: 21-May-2019
Fragmento 15
Con carácter previo, se aclara que la presente acción de amparo constitucional fue interpuesta impugnando el Auto de Vista 184/2017 de 29 de septiembre; contra el cual, la parte accionante el 14 de noviembre del mismo, planteó otra acción de la misma naturaleza, que fue concedida por el Juez de garantías; empero en revisión, fue revocada por el Tribunal Constitucional Plurinacional mediante la SCP 0189/2018-S4 de 14 de mayo, por carecer el accionante de legitimación activa, sin haber ingresado al fondo de la problemática, fallo que fue notificado al impetrante de tutela el 23 de agosto del mismo año (fs. 77); y la actual acción de amparo constitucional, se la presentó el 22 de octubre de 2018; es decir, dentro de los seis meses establecidos al efecto; por lo cual, se ingresa a análisis de la misma.